LEY 16-20 DE 2013
El Congreso de Colombia
DECRETA:
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. objetivo. El objetivo de esta ley de cotizar la educación de los ciudadanos activo en las que aparecen por la construcción en una sociedad más democrática-ley 115 de 1994-por medio de la creación del sistema Nacional de convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, en la educación para la sexualidad y la prevención , mitiga el acoso sexual, que promueve y Fortalezas la formación ciudadanas y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y productivo de los estudiantes ,del nivel educativo de jardín, básico y medio, prevenir, mitigar el acoso en el embarazo adolescente.
Crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar:
En este sistema que busca incorporar a los educadores desde la familia, comunidad, estudiantes y docentes en el que impulso el conjunto para comprometerse de una convivencia escolar positiva , seguridad.
Fomenta la formación en Derechos Humanos:
La ley promover en la educación en los derechos humanos, sexual y reproductor , así como la tolerancia por la diversidad, en que los alumnos poder actuar sus derechos de forma respetuosa.
Previene y mitigar la violencia:
Se enfocan en prevenir y mitigar la violencia escolar, incluir el acoso escolar conocido como el bullying
atreves de el establecimiento de programas y estrategia que pueda promover la cultura de la paz y la decisión pacífica en el conflicto.
Fortalece la educación para la paz:
la ley busca esforzar para la paz , las competencia ciudad, el requerimiento en la igualdad y la participación democráticas de forman ciudadanos activo y edificación de una sociedad mas objetiva equitativo.
Reglamenta la ley General de la educación:
completar la ley General de Educación(ley 115 de 1994) en la relacionada con la introducción de ciudadanos activo y la edificación en la sociedad democrática.
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